Para trabajar como auxiliar administrativo, se requiere un certificado de preparatoria o bachillerato. No obstante, para optar a puestos de trabajo en ciertas áreas o en empresas de gran tamaño, se requiere una licenciatura en administración, contabilidad o carreras afines. Algunas de las competencias que debe tener un auxiliar administrativo son:
Para tener éxito en el trabajo, es importante estar constantemente actualizado en las nuevas tecnologías y herramientas de trabajo. También se requiere un buen nivel de inglés, ya que es el idioma oficial de muchas empresas. Algunas de las habilidades que pueden ser útiles en el trabajo son:
Para trabajar en el área administrativa de una empresa se necesitan ciertas habilidades y conocimientos. Algunas de las habilidades necesarias son:
Además de las habilidades, para trabajar en el área administrativa de una empresa se necesitan ciertos conocimientos. Algunos de los conocimientos necesarios son:
Según el artículo 95 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los ayuntamientos podrán establecer funciones de carácter administrativo a las que habrán de ser nombrados funcionarios de carrera mediante concurso de oposición.
Los funcionarios de carrera tendrán los mismos derechos y obligaciones que los funcionarios de carrera de la Administración General del Estado, a los que se les equiparará en todo lo concerniente a la estabilidad en el empleo, retribuciones, jornada, licencias, vacaciones, prohibición de hacer ejercicio de otra actividad retribuida, régimen de incompatibilidades, prohibición de actividades sindicales, de acceso a la carrera administrativa, de formación, de promoción interna, de jubilación y de pensión.
Los administradores civiles de los ayuntamientos, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, serán los responsables de la gestión económica y financiera de los ayuntamientos.
En cuanto a las funciones de carácter técnico a las que habrán de ser nombrados funcionarios de carrera mediante concurso de oposición, según el artículo 95 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, dichos funcionarios serán los encargados de la elaboración de los proyectos de los ayuntamientos y de su ejecución, así como de la coordinación de las actividades de los servicios municipales.
En el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establece que los administradores civiles de los ayuntamientos tendrán a su cargo la gestión presupuestaria y contable de los ayuntamientos, así como la gestión tributaria y patrimonial de los mismos.
Los administradores civiles de los ayuntamientos deberán ser titulares de un título universitario oficial de licenciado en Derecho, en Economía, en Ciencias Empresariales o en Ciencias del Trabajo. Asimismo, deberán poseer el Certificado de Aptitud Profesional de Administrador Civil del Estado o de funcionario de carrera de la Administración de Justicia, o bien haber superado el expediente académico de acceso a la carrera administrativa.